Bancada de Keiko aprobó proyecto de arresto domiciliario que dejará libre a los amigos Fujimori – Montesinos

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Norma establece que las personas mayores desde los 65 años, podrán cumplir su condena en libertad y con vigilancia electrónica

El Pleno del Congreso aprobó ayer jueves el proyecto de ley presentado por la congresista Yeni Vilcatoma para que las personas mayores desde los 65 años de edad cumplan su condena en libertad con vigilancia electrónica dentro de la provincia donde se encuentra su domicilio.

La propuesta fue respaldada con 55 votos a favor, 30 votos en contra y dos abtenciones. Ello luego de que el proyecto de ley N° 3533 se exoneró de segunda votación con 48 votos a favor, dos en contra y una abstención.

Previamente, el Pleno rechazó una cuestión previa planteada por la legisladora de Nuevo Perú Marisa Glave para que el proyecto sea revisado antes por la Comisión de Justicia.

Precisamente la parlamentaria comentó que con esta aprobación se buscaría legitimar a “una organización criminal y garantizar su impunidad”.  Advirtió además, que con la aprobación de esta ley, no solo se beneficia el ex presidente Alberto Fujimori, sino que  también su ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos Torres.

La iniciativa presentada el 9 de octubre, en su artículo 1, refiere que su objetivo es establecer la modalidad de ejecución humanitaria de pena con el fin de tutelar la dignidad, integridad física, mental y salud de los adultos mayores y de las personas con discapacidad severa permanente que se encuentran con pena privativa de libertad.

Señala que cuando el adulto mayor que cumple la ejecución humanitaria de la pena salga de la provincia donde reside, deben pedir permiso al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) 48 horas antes indicando el plazo y acreditar a un garante. Deberán además informar al INPE cada 30 días de sus actividades.

El proyecto de ley establece que es improcedente la ejecución humanitaria de la pena para los condenados por los delitos de terrorismo, traición a la patria, sicariato, feminicidio, contra la libertad sexual, tráfico ilícito de drogas en modalidad agravada, organización criminal conforme a la Ley 30077 ni para aquellos condenados a cadena perpetua.

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